El TJUE permite la existencia de un plazo de prescripción de 5 años para la reclamación de gastos hipotecarios sin perjuicio de que la imprescriptibilidad de la acción de nulidad de las cláusulas abusivas que los prevén.
El TJUE permite la existencia de un plazo de prescripción de 5 años para la reclamación de gastos hipotecarios sin perjuicio de que la imprescriptibilidad de la acción de nulidad de las cláusulas abusivas que los prevén.