Aplicando el criterio ya establecido para las terrazas, concluye que el aprovechamiento especial del dominio público mediante autorización de reserva de aparcamiento para carga y descarga de mercaderías no es hecho imponible del ITP.
Aplicando el criterio ya establecido para las terrazas, concluye que el aprovechamiento especial del dominio público mediante autorización de reserva de aparcamiento para carga y descarga de mercaderías no es hecho imponible del ITP.