La DGT aclara que un vehículo eléctrico usado afecto a la actividad no puede aplicar libertad de amortización, pero sí la amortización ordinaria de bienes usados.
La DGT aclara que un vehículo eléctrico usado afecto a la actividad no puede aplicar libertad de amortización, pero sí la amortización ordinaria de bienes usados.