El TEAC exige prueba del destino a rehabilitación para exceptuar la exención en IVA por segunda o posterior entrega de edificaciones

La excepción a la exención en IVA de las segundas y ulteriores entregas de edificaciones por su destino a rehabilitaciónexige prueba objetiva de esa intención en el momento de la entrega, pero no es imprescindible que se inicien y terminen las obras.