La DGT concluye que la jubilación activa no hace perder la exención del artículo 7.n) LIRPF por pago único del desempleo si se mantiene la actividad.
La DGT concluye que la jubilación activa no hace perder la exención del artículo 7.n) LIRPF por pago único del desempleo si se mantiene la actividad.