El Tribunal Constitucional establece que los tribunales penales pueden revisar la licitud de pruebas, incluso las obtenidas por registros autorizados por juzgados contenciosos- administrativos.
El Tribunal Constitucional establece que los tribunales penales pueden revisar la licitud de pruebas, incluso las obtenidas por registros autorizados por juzgados contenciosos- administrativos.