El TC decide que el régimen de visitas sea determinado por la autoridad judicial aun existiendo causa penal contra un progenitor

El Tribunal Constitucional por unanimidad decide que el régimen de visitas sea determinado por la autoridad judicial aún cuando el progenitor se encuentre incurso en un proceso penal de los recogidos en el artículo 94, párrafo 4º del Código Civil.