A través de dos resoluciones de febrero de 2024, el TEAC ha fijado criterio sobre el alcance de la declaración de inconstitucionalidad de la D.A. 15.ª y la D.T. 16.ª.3 de la LIS, en su redacción dada por el RD-ley 3/2016, de 2 de diciembre, derivado de la STC n.º 11/2024, de 18 de enero.