El TJUE declara que no puede expulsarse al extranjero que esté recibiendo un tratamiento si corre el riesgo de ver aumentado el dolor por la enfermedad

El TJUE resuelve que no podrá expulsarse al nacional de un tercer país cuando esté aquejado de una enfermedad grave cuando por la interrupción del tratamiento corre peligro de quedar expuesto a un aumento rápido, considerable e irreparable del dolor por la enfermedad.