El TS ratifica una sanción de 40.000 por una brecha de seguridad en la protección de datos personales

Para el Tribunal Supremo «no basta con diseñar los medios técnicos y organizativos necesarios, también es necesaria su correcta implantación y su utilización de forma apropiada, de modo que también responderá (la empresa) por la falta de la diligencia en su utilización, entendida como una diligencia razonable atendiendo a las circunstancias del caso». La actuación negligente de una empleada no exime de responsabilidad.