El TS se ha pronunciado sobre qué valor ha de tomarse como valor de adquisición de bienes afectos a una actividad económica a título lucrativo y que posteriormente se transmiten a efectos del cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial.
El TS se ha pronunciado sobre qué valor ha de tomarse como valor de adquisición de bienes afectos a una actividad económica a título lucrativo y que posteriormente se transmiten a efectos del cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial.