En una reciente sentencia de casación, el alto tribunal fija la interpretación para la aplicación de la reducción del 25 % del recargo por presentación extemporánea previsto en el artículo 27.5 de la LGT
En una reciente sentencia de casación, el alto tribunal fija la interpretación para la aplicación de la reducción del 25 % del recargo por presentación extemporánea previsto en el artículo 27.5 de la LGT