Este incremento adicional debe hacerse efectivo a partir de la nómina del mes de noviembre de 2022, abonándose como atrasos los importes correspondientes a los meses de enero a octubre de 2022.
Este incremento adicional debe hacerse efectivo a partir de la nómina del mes de noviembre de 2022, abonándose como atrasos los importes correspondientes a los meses de enero a octubre de 2022.