La Dirección General de Tributos ha aclarado que la exención en las anualidades por alimentos pagados a favor de un hijo cesa en el momento en que dichas cantidades dejaron de tener el carácter de obligatorias.
La Dirección General de Tributos ha aclarado que la exención en las anualidades por alimentos pagados a favor de un hijo cesa en el momento en que dichas cantidades dejaron de tener el carácter de obligatorias.