Dispone el Tribunal Económico-Administrativo Central que la presunción de veracidad no implica que no pueda enervarse prueba en contra, a través de un informe de tasación de contraste, por parte de la reclamante.
Dispone el Tribunal Económico-Administrativo Central que la presunción de veracidad no implica que no pueda enervarse prueba en contra, a través de un informe de tasación de contraste, por parte de la reclamante.