TEAC: deben admitirse las solicitudes de rectificación presentadas el mismo día que se dictó la STC sobre la DA 15.ª de la LIS

Deben admitirse las solicitudes de rectificación presentadas el 18/01/2024, fecha en la que se dictó la STC n.º 11/2024, de 18 de enero, ECLI:ES:TC:2024:11, que declaró inconstitucionales y nulas la D.A. 15.ª y el apdo. 3 de la D.T. 16.ª de la LIS, en la redacción dada por el RD-ley 3/2016, de 2 de diciembre.