El Tribunal Supremo fija que la resolución ex art. 1124 CC cancela, como regla, los embargos anotados tras la compraventa, salvo deudas con afección real legal sobre la finca.
El Tribunal Supremo fija que la resolución ex art. 1124 CC cancela, como regla, los embargos anotados tras la compraventa, salvo deudas con afección real legal sobre la finca.